El intendente vetó el artículo para el mantenimiento de caminos rurales

Como era de esperar, el Departamento Ejecutivo demostró su falta de interés y compromiso con el sector rural y, por ende, con todas las familias y trabajadores que transitan por los caminos rurales, los cuales se encuentran en total estado de deterioro.

El artículo 167 de la Ordenanza Fiscal Impositiva garantizaba que los fondos de la Tasa Vial fueran aplicados a los caminos. Sin embargo, el jefe comunal argumentó que no se justificaba tal afectación.

Desde hace tiempo la Sociedad Rural viene manifestando que «el servicio prestado no se condice con la recaudación de la Tasa y mucho menos con la aplicación de la misma a la atención de la red vial rural». Esto marca a las claras la postura de la actual administración municipal de desoír las demandas y necesidades de la sociedad